Según el Real Decreto de Ensayos Clínicos (RD 1090/2015) se puede refiere a toda investigación clínica relativa a personas y destinada a descubrir o comprobar, estudiar o identificar efectos clínicos, farmacológicos y reacciones adversas. De tal manera que el ensayo clínico es un estudio clínico que cumple cualquiera de las siguientes condiciones: 1) se asigna de antemano al sujeto de ensayo a una estrategia terapéutica determinada, que no forma parte de la clinica habitual, 2) la decisión de prescribir los medicamentos en investigación se toma junto con la de incluir al sujeto en un estudio clínico y 3) se aplican procesos de diagnostico o seguimiento que van más allá de la práctica clínica habitual.
Los ensayos clínicos surgen como la respuesta científica a la necesidad ética de garantizar la eficacia y la seguridad de los tratamientos que reciben los pacientes. Los ensayos clínicos proporcionan un método controlado, objetivo y reproducible para medir los efectos de un tratamiento sobre la salud, y así permiten establecer con objetividad una opinión sobre su utilidad en situaciones de enfermedad o prevención. Así pues el RD 1090/2015 define al medicamento en investigación, como aquél que se está sometiendo a prueba o utilizando como referencia, incluso como placebo, en un ensayo clínico.